La importancia del Derecho Municipal

No es necesario ser abogados para conocer el derecho municipal, pues el simple hecho de ser ciudadanos y radicar dentro del territorio de un municipio nos obliga a conocer su organización, estructura y funcionamiento.

Empezaré por mencionar que el derecho municipal es aquella rama del Derecho Público que se encarga de la organización, estructura y funcionamiento del municipio y su gobierno.

Pero, ¿Qué es el municipio?

La palabra ‘Municipio’ deriva del latín <munus> que significa carga u obligación de algo y <capio> que significa tomar o hacerse cargo de algo. Por lo tanto, el municipio es aquel ente libre territorial del Estado compuesto por población y gobierno y primer contacto con la ciudadanía (más adelante explicaré porque).

Casi poco o nada se menciona sobre el origen del municipio, y es que este tiene sus bases en la época prehispánica con la figura del ‘calpulli’, que eran aquella tierras divididas en parcelas, que les eran otorgadas a los jefes de familia para que las trabajaran y produjeran frutos; desde entonces la figura civil del usufructo.

Siendo muy concisos, posteriormente, ya en la época de la independencia, nace el primer Ayuntamiento en el México libre. El cual fue fundado por el cura Miguel Hidalgo e Ignacio Allende el 17 de septiembre de 1810 y tuvo lugar en lo que antes era San Miguel El Grande, hoy San Miguel de Allende. Mismo que fue presidido por Ignacio Aldama.

Luego en el porfiriato, ya con los ayuntamientos instalados en nuestro país, el entonces Presidente de México Porfirio Díaz Mori, imponía a los gobernadores y estos a su vez a los presidentes municipales. Los puestos de alcalde los ocupaban los caciques, terratenientes y jefes políticos de los municipios, mismos que tenían múltiples facultades como: investigar, perseguir, juzgar y sentenciar a los ciudadanos por delitos y/o faltas administrativas. La corrupción y los abusos de autoridad eran rampantes en aquel entonces, no había división de poderes.

Haciendo un salto jurídico, ya con la Constitución de 1917, la que nos rige en la actualidad con sus diversas reformas. El municipio se convierte en un ente libre, con personalidad jurídica y patrimonio propio, dotándolo el artículo 115 de la Constitución con una pluralidad de atribuciones, siendo éste la base constitucional del municipio en México.

Finalmente es menester aclarar tres conceptos municipales que se han confundido desde siempre:

  • Ayuntamiento: Máxima autoridad de gobierno del municipio, integrada por el Presidente Municipal, Síndico (s) y Regidores.
  • Cabildo: Es lo mismo, pero dicho concepto se utiliza de manera interna, cuando el Ayuntamiento va a sesionar para discutir asuntos públicos del municipio (sesión de cabildo).
  • Administración Pública Municipal: Se refiere al gobierno del municipio, es decir, tanto Ayuntamiento como las direcciones, coordinaciones, departamentos y oficinas que brindan los servicios a la ciudadanía.

Cuando un ciudadano tiene algún conflicto vecinal, una petición o una queja sobre algún servicio público, regularmente la primera autoridad a la que acude, es a la municipal.

De ahí que el municipio es el primer contacto con la ciudadanía, y desde luego que elegir a los ciudadanos más capacitados para que ocupen un asiento en el cabildo municipal, es vital y de mucha importancia.

¡Dale la oportunidad a los jóvenes!

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