Firma Artículo 70. Las resoluciones escritas deben ser firmadas por los órganos jurisdiccionales que las emitan, por ejemplo los acuerdos de trámite, los que impulsen o no el procedimiento, las interlocutorias y las sentencias, en general todas las determinaciones judiciales que se elaboren por escrito y que la ley exija su transcripción de las que…
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