No existen hombres perfectos y, en vía de consecuencia, no existe una ley perfecta, sin discrepancias; ejemplo de ello es la clasificación que hacen la mayoría de códigos civiles respecto a los animales, los cuales aún contemplan la arcaica concepción romana de considerarlos como “cosas”, específicamente bienes semovientes, tal como puede apreciarse en el artículo 753 del Código Civil Federal: “Son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya se muevan por sí mismos, ya por efecto de una fuerza exterior”.