La doctrina reconoce la aplicación de la autoría correspectiva o autoría indeterminada en aquellos casos en los que, habiéndose comprobado una efectiva intervención conjunta en la comisión de un hecho punible (coautoría en la realización de la conducta potencialmente productora del núcleo típico), no logra acreditarse a plenitud, cuál de los actos múltiples, agresiones o lesiones específicas, o causantes del resultado dañoso, fue o fueron en conjunto el origen causal de su producción, es decir, se habla de una probabilidad de conducta y evidentemente, de responsabilidad.