Introducción Desde la creación de la Ley General de Víctimas una de las mayores exigencias de quienes han sufrido, directa o indirectamente, de delitos y/o de violaciones a sus derechos humanos, es que se les garantice de manera adecuada su derecho a la salud. En específico, las víctimas reclaman la puesta en operación de los mecanismos que prevé dicha norma para garantizar que puedan transitar por sus procesos de búsqueda de justicia, con el propósito de que mientras ello ocurre, su salud y la de sus familias sufra las menores afectaciones posibles.
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Víctimas y el Sistema de Justicia Penal Acusatorio
La reforma Constitucional en materia de proceso penal publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 18 de junio del año 2008, amplía y garantiza los derechos del sujeto de procedimiento penal denominado víctima u ofendido de forma expresa, ya que el artículo 20 de nuestra Carta Magna en su apartado C, enumera en siete incisos los derechos de la víctima, estos en forma enunciativa, mas no limitativa.