De los derechos de la víctima y del indiciado en México

El artículo 20 constitucional en México habla concretamente del proceso penal y de su características acusatoria y oral, principalmente. Pero, dentro del marco de referencia jurídico, los puntos que deseo señalar en estos precisos momentos dentro de dicho artículo son los de los derechos de las personas imputadas y de los derechos de las víctimas.

Vamos a degustar agradablemente al artículo 20 constitucional en cuanto a los derechos de la víctima.
En primer lugar, podrá recibir asesoría jurídica, para saber cómo deberá actuar ante el delito cometido en su contra.
En segundo lugar, podrá ayudar, con hechos reales, con evidencia real, con información verídica, al Ministerio Público, para acreditar la culpabilidad del indiciado y su faceta jurídica de Sujeto Pasivo.
En tercer puesto, tenemos, no menos importante, el ofrecimiento que pueden hacerle las autoridades en cuanto a servicios médicos. Posiblemente, dependiendo de la gravedad del asunto, primeramente, la víctima recibirá atención médica, y si está consciente, recibirá asesoría jurídica.
En cuarto lugar, la víctima tendrá todo el derecho a que se le repare el daño recibido. Podrá exigir que se le repare el daño recibido. Lo pagará el Sujeto Activo, siempre y cuando se le acredite efectivamente como tal.
En quinto sitio tenemos la útil opción jurídica de que se resguarde su identidad, sobre todo, si es menor de edad. Se podrán proteger sus datos personales.
En sexto puesto, el Sujeto Pasivo podrá solicitar todas las medidas otorgadas por la ley para que se le reestablezcan sus derechos, mismos que fueron violados durante el delito. Es algo lógico y necesario: ¿está usted de acuerdo?.
En séptimo sitio y, tal vez, tan importante como la atención médica, está la opción de que pueda señalar las omisiones cometidas por el Ministerio Público o por los investigadores del caso. También podrá mostrar inconformidad con la sentencia, si es que ésta resultó perjudicial para su integridad personal.
Así, hicimos un breve y ameno paseo por el mundo de los derechos de la víctima. Tiene que ser práctico, útil y rápido ya que el público que busca información en internet desea conocer, a la brevedad posible, lo qué puede hacer y lo que las autoridades deben proporcionarle obligatoriamente, por ley.
Inmediatamente pasamos a los derechos del imputado, ya que, hasta que se demuestre lo contrario, es inocente.
Culpable fehacientemente si con hechos, con pruebas, se aclara que en realidad cometió el ilícito.
Un sospechoso, un indiciado”, será inocente, precisamente hasta que se demuestre lo contrario. Pero, cuando un juez emita sentencia a partir de pruebas presentadas, entonces, será legalmente un Sujeto Activo del proceso penal.
Aunque le hayan atrapado con las manos en la masa, siempre tendrá la opción de guardar silencio o de declarar. Y aunque la misma autoridad lo haya visto cometer el delito, tendrá derecho a que se le informe el motivo por el cual se le está deteniendo.
El sospechoso también gozará del derecho de que, no sólo las autoridades policiales, sino que también el representante legal del Ministerio Público, le informe los motivos de su detención punto por punto, para que le quede perfectamente claro y pueda actuar en su defensa.
El posible culpable tendrá todo el derecho a presentar pruebas, testigos, información, videos y más, que lo apoyen para ser libre, así de sencillo.
Un sospechoso, si es el caso de que avance el proceso penal en su contra, podrá gozar de un juicio oral ante los ojos de todos.
Legalmente podrá obtener todos los datos que quiera, siempre y cuando sean fundados, no producto de rumores, chismes, ni información ajena a la legalidad.
Tendrá que ser juzgado en plazos mínimos establecidos por la ley. En teoría, terminaron los tiempos en los que un juicio podía durar años.
Si no puede pagar un defensor, podrá obtener asistencia legal pública por parte del Gobierno de México, no importa que no pueda pagarlo.
Y no podrá permanecer en la cárcel, si ya cumplió su plazo legalmente establecido en prisión, debido a que le deba dinero a su abogado, eso se arreglará entre particulares, el pago es entre dos civiles. El abogado público podrá utilizar todos los medios de los que goce para defender al imputado. Siempre fundamentados en la legalidad, la verdad, la justicia y el respeto a los derechos humanos.

Así, rápidamente, con palabras ágiles, amenas, entretenidas, hicimos un rápido viaje al mundo de los derechos de la víctima y del imputado.

Muchas gracias por su amable atención.

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