Twitter, pandemia y derecho

Twitter es lo que está pasando en el mundo y los temas sobre los que está hablando la gente. Esta red social fomenta la lectura y escritura, adaptándose así en gran manera a la educación y a los procesos de aprendizaje. Gracias a ésta, el proceso de comunicación ha cambiado, ya que los usuarios no solo se limitan a recibir información, sino también a crearla para su difusión. Las figuras públicas más populares de todos los ámbitos, políticos, líderes y académicos más importantes del mundo la utilizan para compartir información de interés general.

El objetivo del presente trabajo es destacar la utilidad de los tweets para explicar el fenómeno de la pandemia por coronavirus, también llamado Covid-19, y como nos referiremos a el de ahora en adelante pero sobre todo, los que se generaron posteriormente para exponer la aplicación del derecho en nuestro país, de la manera más objetiva posible. Para ello, destacamos como ha definido nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación a Twitter como fuente y herramienta para la divulgación y acceso a la información. Luego, ante la enorme cantidad de tweets generados sobre el tema, destacamos cuales son útiles para su comprensión para consecuentemente, entender como esto impacta en el proceso de enseñanza-aprendizaje del derecho.

  1. Twitter, herramienta de acceso a la información según la Corte 

Es importante destacar lo que nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dicho sobre Twitter. Sin estudiar el fondo de dicho asunto, en el amparo en revisión 1005/2018 , la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, considero que Twitter se utiliza para comentar y debatir temas de todo tipo. Convirtiéndola, por un lado, en una de las principales fuentes de información para muchas personas y, por el otro, en una herramienta poderosa para la divulgación de información. Tal es la relevancia de esta plataforma, que medios de comunicación, instituciones gubernamentales y personajes de la vida pública nacional e internacional la utilizan diariamente para comunicar asuntos de interés general. En este sentido, Twitter no debe considerarse únicamente como una plataforma que promueve y potencializa la libertad de expresión de los usuarios, sino que debe reconocerse también su labor en el fomento a los valores democráticos, por ejemplo, en la difusión de contenidos de interés para la sociedad –entre los que se encuentra la información gubernamental–, al igual que el debate de los asuntos de interés público. Twitter entonces, gracias al anterior criterio y a la verificación que le otorga a ciertas cuentas bajo una serie de requisitos, es una herramienta de acceso a la información, con muchas ventajas, principalmente la rapidez en la que se pueden consultar sus contenidos.

  1. Tweets sobre el Covid-19 en México 

Como sabemos la pandemia por Covid-19 se originó en Wuhan, China, a finales del 2019 propagándose en diversos países. El 28 de febrero de 2020 las autoridades sanitarias de nuestro país reportaron el primer caso positivo de Covid-19 en la Ciudad de México. Es de suponerse que ante tal suceso, la cantidad de tweets generados en dicha fecha por tal motivo debió ser enorme, pero lo que este artículo pretende destacar como dijimos en la introducción del presente trabajo, es que tweets han sido útiles para explicar dicho fenómeno y sobre todo, los que se generaron posteriormente para explicar la aplicación del derecho en el tema, de manera objetiva.

Una cuenta de Twitter, que personalmente considero valiosa fuente de conocimiento, que dio motivo a la redacción del presente trabajo y que cuenta con una verificación que genera más credibilidad en sus contenidos, es la del ministro en retiro de la Suprema Corte, José Ramón Cossío Díaz (@JRCossio) . Su cuenta no solo es de interés para la comunidad jurídica, sino para distintos sectores ya que considero, la principal característica de sus contenidos es la síntesis, entendiendo por esta, la capacidad de trabajar con elementos y partes de un tema, para combinarlos de tal manera que constituyan un esquema o estructura que antes no estaba presente con claridad.

En el ya referido 28 de febrero del presente año, el ministro retweeteo un tweet la cuenta oficial de la Secretaria de Salud de México, en el cual hacía referencia sobre la Sesión Extraordinaria del Comité Nacional para la Seguridad en Salud y del Comité Nacional de Emergencias. Al respecto, José Ramón Cossío comento que “El órgano que debiera estar sesionando para bien y protección de todos, es el Consejo de Salubridad General. Con solo leer la fracción XVI del artículo 73 constitucional se comprende su importancia y pertinencia en materia de epidemias.” Remitiéndonos al marco constitucional aplicable al caso, que dispone que el Consejo de Salubridad General, depende directamente del Presidente de la República, y sus disposiciones generales son obligatorias en el país.

El 13 de marzo subsecuente, el ministro en la misma temática tweeteo lo siguiente: “Una pregunta sincera. ¿Cuándo se reunirá el Consejo de Salubridad General? Es su competencia la declaración de epidemia. Ese acto jurídico es el disparador del resto de las acciones públicas y privadas. Ojalá se entienda: el derecho estructura y ordena. No es un florero social.” Al día siguiente, por el mismo medio sugirió leer lo dispuesto en el artículo 9, fracción XVII, del Reglamento del Consejo de Salubridad General de la República, esto con la finalidad de hacer más entendible el marco legal aplicable.

En general, todos los tweets que ha generado Cossío Villegas sobre el Covid-19 considero son sumamente valiosos para distintos ámbitos, sobre todo en el académico, ya que son lo suficientemente objetivos, y como veremos en el apartado posterior, ayudan a hacer comprensible la aplicación del derecho sin necesariamente ser un estudioso del mismo. Por fortuna, y ante la ausencia de una metodología para citar tweets, el conocimiento que genera Cossío Villegas siempre se manifiesta en artículos de revistas y en obras bibliográficas. Pero como destacamos en un principio, los tweets  siempre son más rápidos de consultar, siendo esa su principal ventaja.

Por supuesto esta no es la única cuenta que produce contenido útil para la compresión del derecho, pero actualmente ayuda a comprender la realidad de una manera bastante objetiva, entendiendo a la realidad “real” como una estructura objetiva susceptible de ser igualmente percibida por cualquiera. Siempre es importante buscar la información más objetiva posible, por eso es recomendable que se sigan cuentas que pertenezcan a investigadores y académicos distinguidos, aunque estos aún no cuenten con la respectiva verificación en su cuenta, pero que la producción de contenidos ahí vertidos es igual de útil como veremos a continuación. Antes de concluir el presente apartado, ¿Qué otras cuentas recomienda en lector, para consultar información lo suficientemente objetiva para explicar la aplicación del derecho en el actual fenómeno generado por la pandemia?

  1. Twitter en el proceso de enseñanza-aprendizaje del derecho 

Cabe mencionar que existen diversas teorías sobre procesos de aprendizaje. Una de las más relevantes es la de Benjamín Bloom, psicólogo y pedagogo estadounidense, quien en 1956, desarrolló la taxonomía de los objetivos de la educación, Su taxonomía contiene 6 niveles en el proceso de aprendizaje, que son:

  • Conocimiento: recuerdo de ideas, materiales o fenómenos, ya sea como reconocimiento o evocación.
  • Comprensión: evaluar la importancia relativa de cada idea, sus interrelaciones y la pertinencia de las generalizaciones implícitas o explícitas en la comunicación original.
  • Aplicación: elección de la abstracción (teoría, principio, idea, método) pertinente para la resolución de un problema.
  • Análisis: fraccionamiento del material en sus partes constitutivas, determinación de las relaciones prevalecientes entre dichas partes y comprender de qué manera están organizadas.
  • Síntesis: reunión de los elementos y las partes para formar un todo. Capacidad de trabajar con elementos, partes, etcétera y combinarlos de tal manera que constituyan un esquema o estructura que antes no estaba presente con claridad.
  • Evaluación: uso de criterios y pautas para valorar la medida en que los elementos particulares son exactos, efectivos, económicos o satisfactorios.

En 2008, Andrew Churches publico la “Taxonomía de Bloom para la era digital”, dicha actualización atiende a los nuevos comportamientos, acciones y oportunidades de aprendizaje que aparecen en medida que las TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) avanzan y se vuelven más omnipresentes. En esta actualización se hacen las algunas de las siguientes adiciones digitales para cada categoría:

  • Recordar: utilizar viñetas, resaltar, marcar, participar en la red social, marcar sitios favoritos, hacer búsquedas en Google.
  • Comprender: hacer búsquedas avanzadas, suscribir, usar Twitter.
  • Aplicar: cargar y compartir materiales a sitios web.
  • Analizar: encuestar usando bases de datos, resumir y graficar.
  • Evaluar: debatir, participar en paneles, comentar colaborar en foros.
  • Crear: producir, hacer presentaciones, programar, publicación de blogs.

La que nos interesa de dichas categorías es la de “crear”. Se debe crear conocimiento útil para sociedad, es el fin de todo conocimiento. Porque lo que debemos considerar de vez en cuando la creación de tweets  como algo serio. Un nuevo fenómeno que se ha presentado en Twitter actualmente, son los “hilos” en pocas palabras es un tweet tras de otro sobre un mismo tema, ya que otra característica de los tweets es que tienen un límite de caracteres (máximo 280). Esto ha llevado a diversos integrantes de la comunidad a explicar figuras jurídicas que se han mencionado en la evolución de la pandemia en nuestro país, una de ellas,  la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos y garantías, la emergencia sanitaria, y otras cuestiones jurídicas que han ido surgiendo como la explicación del derecho laboral a causa de despidos masivos.

A continuación algunos ejemplos de tweets que generaron “hilos” útiles para la comprensión del derecho en la pandemia actual:


 

Una cuenta ampliamente recomendada, que cumple con la característica de ser bastante objetiva, es la del distinguido constitucionalista y académico de la Facultad de Derecho de la UNAM, Francisco Burgoa (@FranciscoBurgoa) , cuyos tweets tienen como objetivo como lo describe en la misma, “difundir la #Constitución1917”. A continuación algunos ejemplos de contenidos generados en dicha cuenta, con motivo del Plan económico anunciado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, ante la crisis generada por la pandemia, y que llamó la atención la disminución de salariaros de servidores públicos y la eliminación del aguinaldo a los mismos: 

Y tú lector, ¿Qué contenidos has generado para la compresión del derecho?

  1. Reflexión final.

Sin pretender hacer del presente trabajo una tesina, esperemos que el lector haya entendido en este somero estudio el impacto de Twitter en los fenómenos de la actualidad. Aunque aún no exista una metodología para citar tweets en los trabajos académicos, creo que en algún momento del futuro existirá, pero mientras ese momento llega, utilicemos las ventajas que esta red social nos ofrece. Compartamos la información que, sintetizada y bastante objetiva, ayude a cualquier persona a comprender el papel que juega el derecho en este fenómeno de interés general como es la presente pandemia.

La brevedad de los textos es una muestra de respeto hacia el tiempo y la atención de los lectores en un entorno como la red. Los tweets una vez publicados, no se pueden editar (solo pueden ser borrados por su autor). La Biblioteca del Congreso de Estados Unidos, desde 2010, ya consideraba a Twitter herramienta para la educación, empezando a almacenar todos los tweets producidos para futuras consultas. Es evidente que ante el gran número de tweets generados a nivel mundial, y ante la carencia de controles de calidad, sea necesario depurar la información de verdadera utilidad, por lo que el criterio de ser selectivo es acertado.

Para escribir textos cortos como un ensayo o un artículo, es necesario leer mucho, y escribir poco. Lo mismo sucede con un tweet, el verdadero reto es poder aprovechar los 280 caracteres para compartir algo valioso y trascendental. Por lo que antes de preocuparnos por las cifras que aparezcan en nuestra cuenta, como el número de seguidores, se debe procurar que el contenido sea realmente útil, lo más objetivo posible y refleje un conocimiento adquirido significativo, no solo para la persona que lo adquirió si no para todos los demás, o al menos para los que estén interesados. Gracias a Twitter, la posibilidad de difundir el propio pensamiento y conocimiento generado, ya no está restringida a los intelectuales, académicos, investigadores, periodistas u otros profesionales destacados, por lo que sin duda, estamos ante una potencial herramienta educativa.

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