¿Fuiste trabajador de confianza del Gobierno del Estado, Poder Judicial o Congreso del Estado de Oaxaca? ¡Tienes derecho a recuperar tu fondo de pensiones!

En el mes de enero del año dos mil doce, el Congreso del Estado dio un retroceso enorme en cuanto a la protección a los Derechos de Igualdad y Seguridad Social, ya que reformó el artículo 64, de la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca, con la finalidad de evitar que las personas que desempeñaron cargos considerados de confianza, y que cotizaron al Fondo de Pensiones (Jefes de Departamento, Jefes de Unidad, Subdirectores, Directores de Área, Directores Generales, etc.), pudieran recuperar el dinero que de manera obligatoria les descontaban cada quincena.

Es decir, establecieron diferencias entre los trabajadores de base y de confianza por lo que respecta al derecho de la seguridad social, sin embargo, recordemos que la propia Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos en su artículo 123, establece que las personas que desempeñen cargos considerados de confianza, disfrutarán de las medidas de protección al salario y gozarán de los beneficios de la seguridad social, lo cual en este momento no está aconteciendo en nuestro bello Estado.

Inclusive el Director General de la Oficina de Pensiones, ha sostenido dolosamente que varios trabajadores que han laborado por más de seis años en la administración pública, ostentado la categoría de confianza; empezaron a cotizar específicamente en el año dos mil quince, es decir, está desapareciendo el registro de dichos trabajadores en la base de datos del Sistema de Pensiones (SISPE), con la finalidad de negar la devolución de las cuotas aportadas para dicho fondo.

Pero no todo está perdido estimados lectores, ya que los juzgados de distrito con residencia en San Bartolo Coyotepec, han sostenido de manera reitera que la negativa del Director General de la Oficina de Pensiones, de devolver las aportaciones que realizaron los trabajadores de confianza de manera quincenal, es inconstitucional, ya que “las disposiciones que limitan ese derecho de devolución a los trabajadores de base, vulnera el principio de igualdad y de seguridad social, ya que excluyen a los trabajadores de confianza que se encuentran en la misma situación”, por lo tanto nos encontramos ante una “discriminación normativa”.

Hagamos un pequeño ejercicio al respecto, imaginemos que durante seis años fuimos Jefes de Departamento en una Dependencia de la Administración Pública, con nivel “17 A”, por lo tanto, cotizábamos aproximadamente $315.00 (trescientos quince pesos 00/100 M.N.) de manera quincenal, siendo un monto por año de $7,560.00 (Siete mil quinientos sesenta pesos 00/100 M.N.), lo que hace un gran total por los seis años de $45,360.00 (Cuarenta y cinco mil trescientos sesenta pesos 00/100 M.N.).

¿Aún sigues pensando que no tiene sentido recuperar tu Fondo de Pensiones?

 

Facebook Comments

Ads Blocker Image Powered by Code Help Pro

¡Ads Blocker detectado!

Hemos detectado que estás utilizando una extensión para el bloqueo de publicidad. Por favor ayúdanos desactivándolo.

Powered By
Best Wordpress Adblock Detecting Plugin | CHP Adblock